Congreso aprueba Ley Procine
La aprobación de la norma fue recibida entre aplausos por diversos artistas y cineastas nacionales que se dieron cita en el Hemiciclo del Congreso, entre los que se encontraban Gustavo Bueno y Francisco Lombardi entre otros.
La norma promueve la inversión en infraestructura de nuevas salas de cine en el territorio nacional.
La disposición legal sancionada favorablemente modifica el inciso “c” del artículo 57° de la Ley de Tributación Municipal estableciendo en 0% el impuesto correspondiente para los espectáculos cinematográficos.
La norma crea el Fondo de Fomento a la Producción Cinematográfica Peruana (PROCINE) cuya función principal será brindar recursos para impulsar la creación, producción, difusión y comercialización de las obras cinematográficas nacionales.
Corresponderá al Consejo Nacional de Cinematografía (CONACINE),dictar la política de administración de PROCINE.
Serán recursos del referido fondo los aportes que efectúen los distribuidores y exhibidores de películas cinematográficas, quienes destinarán para el efecto el 3.33% sobre el valor de cada entrada, deduciendo el IGV y cualquier otro impuesto.
“Este aporte podrá ser deducido como gasto para fines tributarios para lo cual tanto los aportes como CONACINE, deberán cumplir con los requisitos establecidos en las normas tributarias que regulen dicha materia.
De igual manera serán recursos del referido fondo las donaciones en dinero y bienes y los aportes que provengan de la cooperación internacional.
La norma también dispone que los distribuidores y exhibidores cinematográficos presenten cada año a partir del 2011 un informe sobre la inversión en infraestructura cinematográfica desarrollada, con el objetivo de reducir el déficit de salas de cine en las principales ciudades del país que no cuenten con este servicio.
Establece que dichos distribuidores y exhibidores deberán efectuar mensualmente exhibiciones gratuitas de los principales estrenos, para los sectores de escasos recursos económicos del país.
Para el efecto deberán elaborar un programa de exhibiciones que será presentado semestralmente al CONACINE.
Finalmente la ley crea el “Fondo Antipiratería” el mismo que estará financiado por una contribución voluntaria de los distribuidores y exhibidores de películas cinematográficas.
Dicha contribución que será del orden del 0.2% del valor de cada entrada sin incluir el Impuesto General a las Ventas, se iniciará desde el mes siguiente de publicada la presente ley y hasta por 5 años consecutivos.
El “Fondo Antipiratería” será administrado por la “Asociación Cruzada Antipiratería Perú”.
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